Los términos y condiciones que leerá a continuación describirán los términos y condiciones que adquirirá durante su relación contractual con RyS Rollos y Sobres SAS, sociedad por acciones simplificada, identificada con NIT 830.070.971-7 (en adelante “La Compañía”). 

La relación contractual con RyS Rollos y Sobres SAS podrá manifestarse por medio de las compras en su tienda física o en línea. 

Es indispensable que como Comprador se abstenga de aceptar estos Términos y Condiciones si carece de capacidad legal para hacerlo o eres menor de edad. RyS Rollos y Sobres SAS no tiene manera de verificar que la aceptación es vinculante, por lo cual presumirá que así es.

En el momento de la compra en línea se aceptan los Términos y Condiciones haciendo click en la casilla “He leído y estoy de acuerdo con los términos y condiciones de la web”. De manera presencial se entienden aceptados en el momento en que se genera una orden de compra hacia RyS Rollos y Sobres SAS. 

  1. PRODUCTOS Y SERVICIOS
  1. Oferta, confirmación o acuerdo

Estos términos y condiciones de venta comercial de RyS Rollos y Sobres SAS. (los “Términos y Condiciones”) se aplican y forman parte integrante de todas las cotizaciones y ofertas efectuadas por RyS Rollos y Sobres SAS, todas las aceptaciones, reconocimientos y confirmaciones por parte de dicha empresa de cualquier orden realizada por el Comprador y cualesquiera contratos (los “Contratos”) respecto de la venta por parte de RyS Rollos y Sobres SAS y la adquisición por parte del Comprador de bienes y servicios (los “Productos”), a menos que RyS Rollos y Sobres SAS explícitamente acuerde lo contrario y en la medida en la que esto suceda.

RyS Rollos y Sobres SAS rechaza y desconoce los términos y condiciones establecidos en algún documento o documentos emitidos por el Comprador, ya sea antes o después de la emisión de un documento por parte de RyS Rollos y Sobres SAS que establezca o que se refiera a éstos Términos y Condiciones, y los términos y condiciones en cuestión serán totalmente inaplicables a cualquier venta efectuada por RyS Rollos y Sobres SAS al Comprador, y de ningún modo serán vinculantes para RyS Rollos y Sobres SAS.

Las ofertas de RyS Rollos y Sobres SAS están abiertas para su aceptación dentro del plazo previsto por dicha empresa en la oferta o, cuando no se establezca ningún plazo, dentro de los treinta (10) días hábiles posteriores a la fecha de la oferta, pero RyS Rollos y Sobres SAS podrá retirar o revocar cualquier oferta en todo momento antes de recibir la aceptación de la misma por parte del Comprador. En este último caso, el Comprador renuncia a cualquier clase de indemnización a que pueda tener derecho con ocasión a los perjuicios que le cause el retracto por parte de RyS Rollos y Sobres SAS.

  1. PRECIOS

Los precios en cualquier oferta, confirmación o Contrato se denominará en pesos colombianos y en los términos de entrega acordados con el cliente. RyS Rollos y Sobres SAS incluirá en el precio de venta los impuestos, aranceles y cargas similares toda vez que la ley exija o permita a Rys Rollos y Sobres SAS pagarlos o cobrarlos, y el Comprador deberá pagarlos junto con el precio.

  1. PAGO

RyS Rollos y Sobres SAS factura al comprador el precio de los productos el día del despacho de los mismos. El pago neto es de contado a menos que RyS Rollos y Sobres SAS y el comprador acuerden lo contrario. Los pagos deben realizarse en efectivo en pesos colombianos, en cheque o por medio de transferencia electrónica bancaria en las cuentas de RyS Rollos y Sobres SAS. RyS Rollos y Sobres SAS pertenece al Régimen Común. 

En caso de que las entregas se realicen de forma parcial, cada entrega se realiza con un formato de remisión que será firmado por el Comprador. No se permite la realización de descuento alguno por el pago anticipado.  

Las entregas de los Productos que RyS Rollos y Sobres SAS haya realizado acordar bajo la modalidad de pago a crédito pueden modificarse si a criterio de RyS Rollos y Sobres SAS, la situación patrimonial del Comprador en cualquier momento no justificara la producción o entrega de los Productos de conformidad con las condiciones de pago anteriormente mencionadas. Por tanto, RyS Rollos y Sobres SAS podrá solicitar el pago total o parcial por adelantado u otras condiciones de pago como condición para la entrega, y podrá suspender, demorar o cancelar cualquier crédito, entrega u otro cumplimiento que se hubiera comprometido a realizar.

En caso de que el Comprador incurra en un incumplimiento en el pago, RyS Rollos y Sobres SAS tendrá derecho a rechazar el cumplimiento y/o a no entregar los Productos hasta tanto se hayan efectuados todos los pagos adeudados, y podrá suspender, demorar o cancelar cualquier crédito, entrega u otro compromiso que hubiera asumido. Dicho derecho será adicional y no reemplazará, a ninguno de los demás derechos y vías de acción disponibles en el marco del presente Contrato o de la ley.

  1. ORIGEN DE LOS INGRESOS

El Comprador al consentir en cualquiera de los contratos que se perfeccionan al realizar compras en RyS Rollos y Sobres SAS, declara bajo la gravedad de juramento, que sus ingresos provienen de actividades lícitas, que no se encuentra con registro negativo en listados de prevención de lavado de activos nacionales o internacionales, que no se encuentra dentro de una de las dos categorías de lavado de activos (conversión o movimiento) y que en consecuencia, se obliga a responder frente a RyS Rollos y Sobres SAS. por todos los perjuicios que se llegaren a causar como consecuencia de esta afirmación. En igual sentido responderá ante terceros. 

Declara igualmente, que sus conductas se ajustan a la ley y a la ética y, en consecuencia se obliga a implementar las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas con o sin su consentimiento y conocimiento como instrumentos para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas, o para dar apariencia de legalidad a éstas actividades. En el mismo sentido, se compromete a actuar dentro del marco legal vigente en Colombia, dando cumplimiento a todos los procedimientos, trámites y obligaciones contemplados en la Ley y demás normas pertinentes y que cualquier evidencia de que estos principios no se cumplen o puedan estar en entredicho será causal suficiente para resolver, a criterio de la Parte cumplida, el Contrato que resulte de su aceptación.

  1. ENTREGA Y CANTIDADES
  2. Los Productos se entregarán en las instalaciones del cliente según RyS Rollos y Sobres SAS lo designe, a menos que se acuerde lo contrario por escrito. El responsable del pago por el servicio de transporte hasta las instalaciones del cliente será acordado por las partes. Las fechas de entrega que RyS Rollos y Sobres SAS comunique o reconozca son aproximadas, y la empresa no será responsable ni estará en situación de incumplimiento de sus obligaciones ante el Comprador en caso de cualquier entrega realizada dentro de un plazo razonable de tiempo anterior o posterior a la fecha de entrega comunicada. 

RyS Rollos y Sobres SAS acuerda realizar sus esfuerzos comercialmente razonables para cumplir con las fechas de entrega comunicadas o reconocidas con la condición de que el Comprador suministre toda la información necesaria respecto de la orden y las entregas con suficiente anterioridad a dicha fecha de entrega. Salvo pacto en contrario, RyS Rollos y Sobres SAS deberá haber entregado el pedido a más tardar en el plazo de treinta (30) días calendario a partir del día siguiente a aquel en que el consumidor le haya comunicado su pedido. En caso de no encontrarse disponible el producto objeto del pedido, el consumidor deberá ser informado de esta falta de disponibilidad de forma inmediata.

  1. El Comprador cursará a RyS Rollos y Sobres SAS notificación escrita del incumplimiento con la entrega y otorgará un plazo de treinta (30) días hábiles dentro del cual ésta podrá subsanar dicho incumplimiento. En caso de que RyS Rollos y Sobres SAS no realice la entrega dentro del plazo de treinta (30) días adicionales, la única y exclusiva vía de acción del Comprador será la cancelación de las partes afectadas y no entregadas del Contrato. 
  1. La titularidad de los Productos pasará al Comprador al momento del pago total del precio de compra de los mismos. Hasta tanto la titularidad de los productos hayan pasado al Comprador, el Comprador no podrá transferir ningún derecho sobre los Productos a terceros, salvo el derecho adquirido en el curso normal del negocio.

En caso que el Comprador no cumpla con estas obligaciones, o dé motivos para creer que no podrá cumplir con parte o todas las obligaciones de pago, el Comprador está obligado a devolver a su costo, previa solicitud de RyS Rollos y Sobres SAS, los Productos entregados por esta al Comprador, y este acepta prestar total cooperación para que RyS Rollos y Sobres SAS o sus representantes puedan recuperar los Productos.

  1. En caso de que la producción de RyS Rollos y Sobres SAS se viera cercenada por cualquier motivo, ésta tendrá derecho a asignar su producción disponible y los Productos, a su exclusiva discreción, entre sus diversos clientes y como consecuencia de ello, podrá vender y entregar al Comprador menos Productos que los especificados en el Contrato, según sea el caso.
  1. El Usuario podrá ejercer el derecho de retracto dentro del término de cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud del Producto cuando sea aplicable. El Comprador deberá devolver el Producto por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió. Los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el Comprador. Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
  • En la prestación de servicios cuya prestación haya comenzado con el acuerdo del consumidor.
  • En el caso de rollos de papel hayan sido producidos conforme a las especificaciones del Usuario o que sean claramente personalizados.
  • En el caso de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
  • En cualquier otro caso establecido por las leyes aplicables.

RyS Rollos y Sobres SAS contarán con un término de treinta (30) días calendario contados desde la fecha en que se ejerza el derecho de retracto, para realizar la devolución del dinero que hubiere sido pagado por el Adquirente, Consumidor y/o Comprador.

  1. SERVICIOS DE RECAUDO O PASARELA DE PAGOS

Son aquellos consistentes en la recepción de los pagos realizados por los Compradores en la tienda en línea de RyS Rollos y Sobres SAS, disponible en www.rollosysobres.com, las cuales habilitan el uso de medios de pago, tales como: tarjetas de crédito y débito, débito bancario (PSE), entre otros. Dichos servicios de recaudo incorporan la función de trazabilidad, monitoreo y validación de las transacciones, por medio de módulos anti-fraude habilitados en las plataformas integradas, cuyo objeto es minimizar los riesgos y las pérdidas por fraudes electrónicos. La pasarela de pago utilizada es PayU, en cuya página se encuentran disponibles los Términos y Condiciones que es: https://colombia.payu.com/legal/.

  1. SUPUESTO DE FUERZA MAYOR 

RyS Rollos y Sobres SAS no será responsable de ningún incumplimiento o demora en el cumplimiento en caso de que:

  1. la falla o demora resulte de interrupciones en el proceso de fabricación del Producto; 
  1. dicha falla o demora sea ocasionada por un Supuesto de Fuerza Mayor, según se define más adelante, o por una disposición legal. En caso de un incumplimiento según lo establecido precedentemente, el cumplimiento con la parte o partes correspondientes del Contrato se suspenderá por el plazo durante el cual el incumplimiento continúe sin que RyS Rollos y Sobres SAS sea responsable ante el Comprador por los daños y perjuicios resultantes del mismo.

La expresión «Supuesto de Fuerza Mayor» significará e incluirá cualesquiera circunstancias o situaciones que escapen al control razonable de RyS Rollos y Sobres SAS – sean o no previsibles al momento de la suscripción del Contrato – como consecuencia de lo cual no puede exigirse razonablemente a RyS Rollos y Sobres SAS que cumpla con sus obligaciones, incluido un caso de fuerza mayor y/o un incumplimiento por parte de alguno de los proveedores de RyS Rollos y Sobres SAS. Si el Supuesto de Fuerza Mayor se extendiera por el plazo de tres (3) meses consecutivos (o en caso de que RyS Rollos y Sobres SAS esperara razonablemente que la demora se extendiera por el plazo de tres (3) meses consecutivos), RyS Rollos y Sobres SAS tendrá derecho a cancelar la totalidad o una parte del Contrato sin que esto le genere responsabilidad alguna ante el Comprador.

  1. GARANTÍAS
  2. RyS Rollos y Sobres SAS garantiza que, sujeto al uso común los Productos al momento de la entrega al Comprador  estarán libres de defectos de materiales o de fabricación, y se ajustarán de manera sustancial a las especificaciones de RyS Rollos y Sobres SAS correspondientes a dicho Producto, o que las demás especificaciones que RyS Rollos y Sobres SAS haya acordado, según corresponda. 
  1. La obligación única y exclusiva de RyS Rollos y Sobres SAS y el derecho único y exclusivo del Comprador estarán limitados con respecto a reclamos en virtud de esta garantía, a opción de RyS Rollos y Sobres SAS de reemplazar el producto defectuoso previa verificación. 
  1. RyS Rollos y Sobres SAS tendrá tiempo razonable para reemplazar los productos. Los Productos que no se ajusten a las especificaciones de RyS Rollos y Sobres SAS o que sean defectuosos volverán a ser propiedad de RyS Rollos y Sobres SAS tan pronto como sean reemplazados o que se acredite el dinero correspondiente.
  1. Los productos despachados por transportadora a nivel nacional y que resulten defectuosos y que hayan sido recibidos por el comprador firmando a satisfacción la guía de despacho, no serán sujetos de garantía. Por el contrario, si el comprador manifiesta que los productos están defectuosos previo a la firma a satisfacción de la guía de despacho, RyS Rollos y Sobres SAS gestionará el cambio del producto y ejercerá la garantía ante la empresa transportadora. Esta situación aplica cuando la empresa transportadora ha sido contratada por RyS Rollos y Sobres SAS, y RyS Rollos y Sobres paga por el servicio de transporte. Si por el contrato, el Comprador es quien contrata a la empresa transportadora entendiéndose por el pago de la misma, es el Comprador quien deberá hacer la gestión de garantía frente a la empresa transportadora. Para este último caso, RyS se compromete a brindar toda la cooperación necesaria con el fin de solucionar el posible inconveniente. 

Los despachos de los rollos de papel comprados a RyS Rollos y Sobres SAS en su tienda en línea disponible en https://rollosysobres.com/tienda/ se realizan utilizando la plataforma www.mipaquete.com, plataforma digital que presta el servicio de comunicación electrónica entre el usuario, en este caso RyS Rollos y Sobres SAS, y la empresa transportadora. Los costos de envío los calcula MiPaquete en su página web de acuerdo a las características de cada rollo de papel. 

Mi paquete cuenta con sus documentos independientes de Términos y Condiciones y de Política de Tratamiento de Datos disponibles en su página web, antes mencionada. En caso en que el cliente de RyS Rollos y Sobres SAS no esté de acuerdo por los Términos y Condiciones y la Política de Tratamiento de Datos de Mi Paquete SAS, éste deberá seleccionar la opcion Recogida en Tienda de tal forma que no se haga uso del servicio, de lo contrario se entiende por aceptada. 

  1. RyS Rollos y Sobres SAS no se hace responsable del servicio ininterrumpido o libre de error de la página. RyS Rollos y Sobres SAS hace sus mejores esfuerzos para que el contenido suministrado sea de óptima calidad, y en tal sentido el comprador acepta utilizar el servicio. El comprador del Sitio Web no alterará, bloqueará o realizará cualquier otro acto que impida mostrar o acceder a cualquier contenido, información o servicios del Sitio Web o que estén incorporados en las páginas web vinculadas.
  1. El Comprador podrá enviar los productos devueltos en el marco de la garantía a la instalación designada de RyS Rollos y Sobres SAS solamente de conformidad con la política de autorización en materia de devoluciones de RyS Rollos y Sobres SAS aplicable en ese momento. Cuando se justifica un reclamo por garantía, RyS Rollos y Sobres SAS gestionará los gastos por carga con la empresa transportadora. El Comprador pagará para devolver los Productos que se descubra que no están defectuosos o que sí se ajustan a las especificaciones de RyS Rollos y Sobres SAS  junto con los costos relativos al flete, pruebas y manejo relacionado con el mismo.
  1. No obstante lo antedicho, RyS Rollos y Sobres SAS no tendrá obligación alguna en el marco de la garantía si se descubre que el supuesto defecto o el no ajuste a las especificaciones de RyS Rollos y Sobres SAS se ha producido como resultado de pruebas ambientales o de estrés, la mala utilización de los mismos, o su utilización de una manera que no es la indicada, el descuido, la instalación inadecuada o un accidente, o como resultado de una reparación, alteración, modificación, almacenamiento, transporte o manejo inadecuado.
  1. La garantía expresa precedentemente otorgada se extenderá directamente al Comprador, y no a los clientes, agentes o representantes del Comprador. RyS Rollos y Sobres SAS por la presente renuncia y desconoce todas las demás garantías. 
  1. El área de cobertura del envío de los productos adquiridos directamente por teléfono o correo electrónico o por medio de la Tienda en línea es el territorio colombiano sujeto además a la cobertura de las empresas transportadoras. 
  1. RyS Rollos y Sobres SAS tiene el derecho de actualizar los precios de su tienda en línea cuando las condiciones del mercado así lo dicten. 
  1. INDEMNIZACIÓN 

RyS Rollos y Sobres SAS no tendrá obligación o responsabilidad ante el Comprador en el marco de la Sección VII en los siguientes casos:

(i) Si no fuera notificada en forma inmediata por escrito respecto de la existencia de un reclamo; 

(ii) Si no le fuera otorgado el derecho exclusivo de controlar y dirigir la investigación, preparación, defensa y conciliación de dicho reclamo, incluida la selección de asesores; y (iii) si no recibiera la asistencia y cooperación total y razonable por parte del Comprador en dicha investigación, preparación, conciliación y defensa; 

(iv) si el reclamo se efectuará luego de un plazo de dos (2) meses a partir de la fecha de entrega del Producto. 

(v) si los reclamos han surgido por: (i) modificación del producto, siempre que dicha infracción hubiese podido ser evitado con el uso de un producto sin modificar 

(vi) diseño, especificaciones o instrucciones suministrados por el Comprador

(vii) si el reclamo es efectuado por la frecuencia de uso. 

(viii) si no fuera autorizado el uso del producto o si el mismo fuera utilizado en contravención con lo indicado en las especificaciones del producto

En los casos de incumplimiento señalado en la presente sección, el Comprador deberá mantener indemne a RyS Rollos y Sobres SAS sobre cualquier daño o costo resultante sobre dicho reclamo y deberá resarcir todos los gastos incurridos por RyS Rollos y Sobres SAS en la defensa requerida.

  1. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

RyS Rollos y Sobres SAS no será responsable ante cualquier lucro cesante, pérdida de ahorros, pérdida de reputación o cualquier otro tipo de pérdida de valor, daños y perjuicios indirectos, incidentales, punitivos o especiales emergentes de la relación con el contrato o con la venta de cualquiera de los productos por parte de Rollos y Sobres SAS o la utilización de los mismos, ya sea o no que dichos daños y perjuicios se basen en un supuesto de responsabilidad contractual, garantía o contrato o cualquier otra teoría legal aun cuando se ha informado a RyS Rollos y Sobres SAS, o que ésta sepa acerca de la posibilidad de la existencia de tales daños o perjuicios. La responsabilidad total o acumulada de RyS Rollos y Sobres SAS ante un contrato no excederá el diez por ciento (10%) del contrato correspondiente. 

El comprador podrá iniciar cualquier reclamo por los daños o perjuicios que se les hubieran ocasionado dentro de los 90 (noventa) días posteriores a la fecha del supuesto que da lugar a dicho reclamo, y cualquier juicio relativo a tal reclamo deberá iniciarse dentro del plano de 1 (un) año luego de la fecha de reclamo. Cualquier medida iniciada o presentada que no se ajuste a lo anterior no será aplicable.

  1. CONFIDENCIALIDAD

El Comprador reconoce que toda la información técnica, comercial y financiera presentada al Comprador por parte de RyS Rollos y Sobres SAS es información confidencial de RyS Rollos y Sobres SAS. El Comprador no divulgará nada de dicha información confidencial a un tercero ni utilizará la misma para algún propósito que no sea el acordado por las partes, y según la transacción de compra contemplada en el presente. 

  1. CESIÓN Y COMPENSACIÓN

El Comprador no cederá ningún derecho u obligación en el marco del Contrato sin el previo consentimiento por escrito de RyS Rollos y Sobres SAS. Tampoco tendrá derecho a retener o reducir los pagos ni a compensar reclamos existentes y futuros con cualquier pago adeudado por los productos vendidos en virtud del Contrato o en el marco de cualquier otro acuerdo que el Comprador haya celebrado con RyS Rollos y Sobres SAS y acuerda pagar los montos emergentes del presente no obstante cualquier compensación que podría reclamar, o que se podría reclamar en su nombre. 

  1. ÉTICA

El Comprador acuerda que cumplirá con las leyes de transparencia en todo momento. En el caso que un comprador contravenga estas disposiciones se procederá inmediatamente con la terminación de cualquier acuerdo que esta tenga con RyS Rollos y Sobres SAS. En caso de que se proceda con dicha terminación, RyS Rollos y Sobres SAS

(i)  no tendrá la obligación de entregar pedidos al Comprador

(ii) el Comprador será responsable de indemnizar a RyS Rollos y Sobres SAS por cualquier daño, demandas o por cualquier pérdida (incluyendo gastos por honorarios de abogados) en que incurra como resultado de dicho incumplimiento 

(iii) RyS Rollos y Sobres SAS podrá proceder mediante cualquier mecanismo dispuesto por la ley. 

Los anteriores términos prevalecerán sobre la terminación de este Acuerdo. RyS Rollos y Sobres SAS únicamente mantiene actividades con compañías que respeten y cumplan las leyes y se adhieran a sus principios y estándares éticos. El Comprador se compromete a cooperar con RyS Rollos y Sobres SAS y suministrar toda la información que solicitada a fin de que RyS Rollos y Sobres SAS pueda identificar si en efecto se ha incurrido en incumplimiento por parte del Comprador. 

  1. LEY APLICABLE

Todas las ofertas, confirmaciones y contratos se rigen y deben interpretarse de conformidad con las leyes de la República de Colombia. El Comprador y RyS Rollos y Sobres SAS deberán intentar conciliar todas las controversias emergentes en relación con un contrato, en primer lugar, a través de la consulta y la negociación de buena fe en espíritu de mutua cooperación. Salvo no se logre lo anterior y sea pactado lo contrario por parte de ambas partes, todas las controversias que no puedan resolverse de manera amigable deberán someterse a la jurisdicción ordinaria ante los jueces competentes de la República de Colombia. 

  1. INCUMPLIMIENTO Y RESCISIÓN

Sin perjuicio de cualquier derecho o vía de acción que RyS Rollos y Sobres SAS pueda tener en virtud del presente contrato o de la ley, RyS Rollos y Sobres SAS podrá mediante notificación por escrito al Comprador, rescindir con efecto inmediato el Contrato o una parte del mismo sin responsabilidad alguna por dicho hecho, en caso de que:

(i) el Comprador viole o incumpla cualquiera de las disposiciones del Contrato, 

(ii) en procedimientos en materia de insolvencia, quiebra, liquidación o disolución que se instruya en contra del Comprador, ya sea que los solicite el Comprador, en forma voluntaria o involuntaria, se designe un fiduciario o administrador para el Comprador, o se efectúe una cesión en beneficio de los acreedores del Comprador. 

(iii) el cambio en el control o propiedad del Comprador

Si se produjera alguno de los supuestos a los que se hace referencia anteriormente, todas las obligaciones de pagos que haga el comprador en el marco del Contrato se tornarán inmediatamente exigibles y pagaderos. 

Si se produjera la cancelación, rescisión o vencimiento de un Contrato, los términos y condiciones destinados a subsistir dicha cancelación, rescisión o vencimiento permanecerán vigentes. 

  1. SEPARABILIDAD

El Comprador acepta que cada una de las cláusulas del presente documento, tienen la condición de esenciales y el incumplimiento de cualquiera de ellas podrá dar lugar a la terminación del Acuerdo, según lo estipulado expresamente en él. 

Si alguna de las disposiciones de los documentos vinculantes es considerada inválida, ilegal o no ejecutable, sus disposiciones restantes, en ningún momento se verán afectadas o perjudicadas, y las disposiciones inválidas, ilegales y no ejecutables se volverán a enunciar en forma tal que reflejen la intención original del documento.

El hecho de que una de las partes no ejerciera o demorara el ejercicio de cualesquiera derechos o vías de acciones emergentes de un Contrato no operará como una renuncia a los mismos, ni en el ejercicio único o parcial de un derecho o vía de acción emergente del mismo impedirá cualquier otro ejercicio futuro de éste o el ejercicio de cualquiera de los otros derechos o vías de acción derivados del Contrato o de un documento relacionado con el mismo o de la ley. 

  1. DERECHOS DE AUTOR Y MARCAS REGISTRADAS

La página web, los diseños gráficos, textos, imágenes y demás contenido al que usted tiene acceso es de propiedad de RyS Rollos y Sobres SAS y está protegido por la propiedad intelectual e institucional según corresponda. 

Los signos distintivos, tales como marcas, nombres comerciales, logotipos, y todos los componentes de los signos distintivos de La Compañía, son propiedad exclusiva de la misma, por lo cual ninguna compra de los Productos  incluye el derecho a usar las marcas.

  1. SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CLIENTE

Con el fin de brindarle al Comprador la mejor atención, RyS Rollos y Sobres SAS ha dispuesto de varios canales de comunicación a través de la página web, los cuales son:

(i) Formulario de contacto

(ii) Hipervínculo al Whatsapp

(iii) Hipervinculo a correo electrónico

(iv) Teléfonos de contacto

Los canales estarán a disposición del público para la gestión y resolución de peticiones, quejas y reclamos. Igualmente se podrían realizar de manera física enviando un correo a la dirección de la empresa. La empresa se compromete a dar respuesta a las peticiones, quejas o reclamos dentro de los siguientes quince (15) días hábiles a la fecha de recepción de la reclamación. 

  1. USO DE COOKIES O TECNOLOGÍAS SIMILARES 

Usted acepta que RyS Rollos y Sobres SAS puede hacer uso de cookies y otras tecnologías similares, tanto en el sitio web, sus contenidos, servicios como en los correos electrónicos enviados, con la finalidad de, entre otras, propósitos de autenticación, registro de actividades en el sitio web, mejoramiento de la funcionalidad del sitio web, optimización de servicios ofrecidos, análisis de las tendencias del mercado, análisis de la información demográfica de quienes visitan el sitio web y hacen uso de los servicios que el mismo ofrece, evaluación de la eficacia de la publicidad del mismo, determinación de los  destinatarios que han abierto correos electrónicos enviados y el formato en que lo hace. 

Estas herramientas permiten la obtención de, entre otras, información referente al tipo de navegador y el sistema operativo que utiliza, la dirección IP, el tiempo que permanece la persona en el sitio web, así como el número de visitas que realiza. 

Usted podrá configurar su navegador para deshabilitar y eliminar las cookies, en cuyo caso, a pesar de que se podrá continuar visitando el sitio web, el acceso a determinadas características o la posibilidad de aplicar a ciertas áreas del sitio web pueden restringirse. 

  1. AUTORIDAD COLOMBIANA DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

De conformidad con lo establecido en el Estatuto de Protección al consumidor, MiiC informa a quien interese que la Autoridad de Protección al Consumidor colombiana, es la Superintendencia de Industria y Comercio, y su página web es www.sic.gov.co.

  1. CAMBIO EN EL ACUERDO 

RyS Rollos y Sobres SAS podrá, de vez en cuando, hacer cambios a los documentos vinculantes que integran el contrato celebrado entre las partes, siempre que estos cambios obedezcan a razones válidas y le sean notificadas por cualquier medio. 

El Comprador reconoce y acepta que la compra continua de los Productos valdrá como aceptación a los cambios realizados, por lo que se le sugiere estar atento a los avisos de la página y leerlos cuidadosamente.

Última actualización: 11 de agosto de 2020